DEONTOLOGÍA POLICIAL


 

DEONTOLOGÍA POLICIAL

La ética social es el fundamento de la ética policial y de la moderna deontología profesional.  Deontología proviene del vocablo griego Deon (deber) y logos (razonamiento o ciencia). Jeremías Bentham la utilizo por primera vez y se determina como una corriente utilitarista y versa sobre los deberes del ser humano. Dentro de la deontología policial, la función ética y licita se sustenta en el respeto de la dignidad y los derechos humanos.  Por lo tanto, la ética policial no busca transformase en una ética utilitarista sino más bien en una ética de las virtudes.

Ética social y policial

La ética social es el referente teórico que otorga el sentido y proyecciones a una reflexión ético – policial que aspira y pretende humanizar la acción de los integrantes de las instrucciones. La ética policial, hace referencia a un contexto socio – cultural cambiante que supera la moral normativa y la lleva a una ética de convicción y compromiso. La reflexión ética adquiere especial relevancia ya que el ser humano actual ve al universo como multiplicidad más que como unidad. Po lo tanto, la función policial tiene como dimensión ética la verdad, la justicia, el bien común y el desarrollo humano en respuesta a la libertad y la responsabilidad.

Ética y deontología policial

Sus objetivos principios fundamentales son a la realización de las personas humanas y el desarrollo de la convivencia social, este último es un objetivo central y en efecto nadie pone en duda que el hombre es un ser social u que su condición natural es la vida en sociedad. gracias a la ética social es posible encontrar el fundamento racional y crítico que sustenta la misión policial como herramienta legal y moral. Dada estas circunstancias la ética policial es una ética aplicada, es decir una ética profesional por lo que en ella se generan procedimientos y fundamentos propios del quehacer policial.

Luka Brajnovic ha señalado diez principios deontológicos comunes a toda profesión:  lealtad a la profesión elegida, preparación adecuada, ejercicio competente y honesto, entrega de la tarea profesional, realización de las tareas, perfeccionamiento, exigencia de medios, lealtad al dictamen derecho moral, y esfuerzo constante. Mientras que Robert Peel propone nueve principios de la deontología policial: prevención del delito y el desorden, aprobación por la ciudadanía de su existencia, ganarse el respeto de los ciudadanos, a mayor sea la cooperación de los ciudadanos menor será el uso de la fuerza, obtener aprobación por los ciudadanos, utilizar la fuerza física solo en casos extremos, mantener siempre una adecuada relación con la población, apegarse estrictamente a la función policial  y por ultimo considerar que la eficacia de la policía es la ausencia del crimen y el desorden.

Deontología policial: origen y necesidad

Deben elaborarse códigos de deontología de la policía para asi determinar la función policial, en este sentido, podemos afirmar que la labor policial ética y licita se basa en el cumplimiento de tres principios básicos que son: el respeto y cumplimiento de la ley, asi como el respeto de la dignidad de las personas y finalmente el respeto y protección de los derechos humanos. A partir de esto se desprende la moralidad y legalidad de los procedimientos policiales. Sus referentes básicamente son: la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley.

En virtud de lo anterior existen principios básicos para el desempeño humanitario de la función de aplicación de la ley como: deberán ser representativos de la comunidad en su conjunto, deberán mantener de manera efectiva la normativa ética que asi los rige para su función, prevenir el delito y luchar contra la delincuencia asumiendo también que la conducta de cada integrante del sistema repercute en su totalidad. Finalmente deberán estar sujetos al escrutinio público.

Código de Ética Profesional para los Agentes Federales del Ministerio Público y de la Policía Judicial de los Estados Unidos Mexicanos

El Código de Ética Profesional para los Agentes Federales del Ministerio Público y de la Policía Judicial de los Estados Unidos Mexicanos, de 1993 (Anexo Nº 6). Éste contiene un conjunto de normas de conducta que orientan a ambos cuerpos de funcionarios, “tanto en el desempeño de sus atribuciones como en su trato con el público”. Básicamente se busca fundamentalmente promover valores asociados a la protección de la dignidad de la persona y de los derechos humanos, y la promoción de la probidad y legalidad de las actuaciones policiales sustentándose preferentemente en las normas procedimentales y no tanto en principios éticos.

Con respecto a lo antes mencionados el Artículo 2° alberga las normas éticas y de procedimiento el cual dicta lo siguiente: respeto a los derechos humanos, salvaguardar las huellas o vestigios del delito y la asistencia a las víctimas de los delitos, aplicación de la ley sin hacer discriminación, avisar acerca de la violación de los derechos humanos en todo momento que asi sea y finalmente ofrecer trato digno y cortes al público y los detenidos.

Conclusiones

Aunque son muchos los aspectos que contempla la deontología policial, podemos determinar que la función policial depende del contexto de la sociedad, para que pueda existir la función policial con respecto a lo antes mencionado y en base a lo descrito es que la sociedad reconozca a la policía como un organismo propio y estructurado que se encarga de la prevención del delito y rehacer el orden público cuando este se requiera. Las condiciones propias desde la perspectiva ética, se podría considera en base a lo anterior de que se trata de una ética utilitarista, el mayor beneficio para un determinado grupo de personas según sea la circunstancia que se presente, sin embargo, la función ética policial se basa en el contexto de poder ayudar a prevenir condiciones delincuenciales que perjudiquen a la sociedad sin discriminación pero al mismo tiempo respetando a la persona involucrada en un delito como un ser integro, propio de su ser y consciente de sus derechos humanos.

Estamos totalmente de acuerdo que el actuar por propia mano va en contra de lo puede ser el actuar policial y que se traduce en la aplicación del uso de la fuerza. En si la policía o cualquier agente que se dedique a la prevención del delito solo puede usar la fuerza siempre y cuando esto sea requerido y con una justificación meramente profesión, sin embargo, las condiciones actuales sobre la violación de los derechos humanos hacen que este contexto se vuelva complicado y difícil de tratar ya que cada vez es menos utilizada la mediación y se utiliza como herramienta circunstancial la fuerza. No obstante, a esto podemos decir que, aunque no es una excusa es de interés el tema.

Con respecto a lo anteriormente mencionado es por ello que se exige una actuación policial basado en la protección de la integridad de las personas para que sea la misma sociedad quien haga valer la función policial desde una perspectiva aplicada, consciente y ampliamente practica para su función dentro de las comunidades que alberga una unidad de prevención del delito. Finalmente podemos considerar la deontología policial como una herramienta para ubicar a los servidores públicos que desempeñan sus actividades dentro de la policía en un contexto ético de su propio actuar con el objetivo principal de poder velar por la sociedad respetando sus derechos pero que a su vez se protejan ellos mismos de las condiciones que violen también sus derechos como servidores públicos y como personas y que no obstante a ello puedan desempeñar su trabajo con profesionalismo, respeto, veracidad y dignidad ante la sociedad para también ser reconocidos por la misma sociedad.

 

 

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